Trabajo de montador de muebles de cocina

Montadores de muebles buenos y baratos en España

En LN23 podrás ponerte en contacto con montadores de muebles cerca de tu domicilio, te montarán tus muebles de una manera fácil, barata y rápida.
Son montadores profesionales con amplia experiencia en trabajos de montaje a domicilio como pueden ser, montaje de muebles Ikea a domicilio, montaje de estanterías Ikea o montaje de cocinas Ikea, que disponen de las herramientas necesarias para el montaje de muebles a domicilio de cualquier marca del mercado.
Servicios de montaje de muebles a domicilio en LN23
Dentro del abaníco de servicios de montaje a domicilio que te pueden ofrecer los montadores de muebles, entran los siguientes: todo tipo de montaje de muebles del hogar, es decir: camas, mesas, armarios, mesillas de noches, cocinas, roperos, etc.
Podrán montar todo tipo de mobiliario en tu domicilio, uno de los servicios que más se solicita en LN23 es el montaje de muebles comprados en diferentes tiendas como IKEA (Montaje de cocinas de IKEA, montaje de muebles IKEA a domicilio) , Leroy Merlin, Bauhaus, Conforama, Atrapamuebles,  Banak, Casa, Bricomart, Dister,WMN Group, Brico Depot etc.
En LN23 podrás encontrar los mejores montadores y desmontadores de muebles, cercanos a tu domicilio, con años de experiencia en este tipo de tareas y tanto si necesitas su servicio para el hogar o para la oficina. También ofrecen servicios de montaje de casetas de jardín, pérgolas, armarios de madera, etc..
Muchos de nuestros montadores profesionales, también lo son en el ámbito de la carpintería, ya que va muy ligado al de montador de muebles a domiclio. Por ello, podrás encontrar también servicios cómo reparaciones de puertas, puertas blindadas, cerraduras de seguridad, parquet, tarimas, muebles a medida, suelos de madera para piscinas, y reparaciones de madera en general.

Precio para montaje de muebles a domicilio
Una de las ventajas de solicitar el servicio mediante LN23, es que te da la opción de comparar varios presupuestos por lo que es más fácil que encuentres un montador de muebles barato y saber de primera mano la opinión del resto de clientes a los que les ha hecho un trabajo de montaje. Aun así, podemos ayudarte a conocer el precio medio de suministro y montaje de muebles.
Presupuesto medio de montadores de muebles
El precio de este tipo de servicios puede ser muy variable ya que depende mucho de la complejidad del trabajo a realizar, el material o el tiempo que se requiera invertir.

Te recomendamos que si quieres saber el precio exacto del servicio de montaje que necesitas, rellenes el formulario para que puedas recibir hasta 4 presupuestos de nuestros profesionales de montaje, solicita tu presupuesto de montadores de muebles.

¿Qué tipo de servicios puede ofrecer un montador de muebles a domicilio?
Los montadores de muebles que podrás contactar mediante LN23, pueden realizar los siguientes montajes y desmontajes: muebles de cocina, muebles para el hogar, muebles exteriores, muebles para el laboratorio, muebles de intemperie, muebles para la casa, muebles para dormitorios, muebles de comedor, muebles de baño, muebles de salón, muebles de sala, muebles de oficina, muebles de jardín, muebles de terraza, etc.
Los servicios que más solicitan nuestros clientes son:
– Montador de muebles
– Montador de muebles económico
– Montador de muebles IKEA
– Montador de muebles autónomos
– Empresas de montadores de muebles
– Montador de muebles de oficina
– Montaje de todo tipo de muebles en tu domicilio
Puedes comprar en una tienda de muebles o comprar los muebles online, y después solicitar el servicio de montaje en LN23. Podrás encontrar los mejores montadores de muebles cerca de tu domicilio.
¿Cómo funciona LN23?
-Rellena el formulario especificando que servicio de montador de muebles necesitas
-Recibirás presupuestos de profesionales que viven cerca de tu domicilio, y podrás chatear con ellos y comparar los presupuestos para ver cuál te interesa más.

Calendario laboral 2022

Calendario laboral 2022

Según el calendario laboral 2022, hay 14 fiestas al año. Se trata de un derecho que te corresponde como persona asalariada. Tienen que pagarte estos días que no trabajas y nadie te puede obligar a trabajarlas. Salvo que te rijas por un convenio en el que trabajes días festivos. En tal caso, tendrán que darte otro día libre, no es suficiente con que te paguen más.

Festivos nacionales que tenemos en el Calendario laboral 2022

Hay ocho festivos de ámbito nacional. Será fiesta en cada localidad española. Lo que te va a permitir visitar a familia o amistades que vivan en otras comunidades y celebrar juntos estos días. Los hemos colocado por día de la semana. Para que veas cómo organizarte si dispones de días libres, y los puedes unir para formar un puente (o un acueducto, quizá entre el 6 y el 8 de diciembre).

Sábado: 1 de enero (Año Nuevo)

Jueves: 6 de enero (Epifanía del Señor),

Viernes: 15 de abril (Viernes Santo)

Lunes: 15 de agosto (Asunción de la Virgen)

Miércoles: 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)

Martes: 1 de noviembre (Todos los Santos),

Martes: 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)

Jueves: 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

Días de fiesta sustituibles según la comunidad en el Calendario laboral 2022

De los 14 días festivos que te corresponden, hay cuatro que también son de carácter nacional, pero que las comunidades pueden decidir cambiarlos a otros días. Se trata de estas fechas:

Jueves: 6 de enero (Epifanía del Señor), 14 de abril (Jueves Santo).

Lunes: 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo, que cae en domingo), 25 de julio (Santiago Apóstol) y 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad, que cae en domingo)

Hemos elaborado una tabla en la que podrás consultar si tu comunidad o ciudad autónoma celebra estos días o bien los han cambiado por otras fechas. Todas han decidido celebrar el día 6 de enero.

Días festivos por comunidad autónoma según el Calendario laboral 2022

Así quedan los festivos por comunidades, salvando los que todas tienen en común:

Andalucía: 28 de febrero, lunes (Día de Andalucía); 14 de abril (Jueves Santo); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Comunidad Valenciana: 19 de marzo, sábado (San José); 14 de abril (Jueves Santo); 18 de abril (Lunes de Pascua); 24 de junio, viernes (San Joan).
Aragón: 14 de abril (Jueves Santo); 23 de abril, sábado (Día de Aragón); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Extremadura:  14 de abril (Jueves Santo); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 8 de septiembre, jueves (Día de Extremadura); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Asturias: 14 de abril (Jueves Santo); 8 de septiembre, jueves (Día de Asturias; 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Galicia: 14 de abril (Jueves Santo); 17 de mayo, martes (Día de las Letras Gallegas); 24 de junio, viernes (San Juan); 25 de julio, lunes (Día de Galicia).
Baleares: 1 de marzo, martes (Día de las Illes Balears); 14 de abril (Jueves Santo); 18 de abril (Lunes de Pascua); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Madrid: 14 de abril (Jueves Santo); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 25 de julio, lunes (Santiago Apóstol); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Canarias: 14 de abril (Jueves Santo); 30 de mayo (Día de Canarias); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad). Cada isla celebra un día autonómico más en distintas fechas.Melilla: 14 de abril (Jueves Santo); 11 de julio, lunes (Día del Sacrificio); 17 de septiembre, sábado (Día de Melilla); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Cantabria: 14 de abril (Jueves Santo); 28 de julio, jueves (Día de las Instituciones de Cantabria); 15 de septiembre, jueves (Día de La Bien Aparecida); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Murcia: 14 de abril (Jueves Santo); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 9 de junio, jueves (Día de Murcia); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Castilla-La Mancha: 14 de abril (Jueves Santo); 31 de mayo, martes (Día de Castilla La Mancha); 16 de junio, jueves (Corpus Christi); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).Navarra: 14 de abril (Jueves Santo); 18 de abril (Lunes de Pascua); 25 de julio, lunes (Santiago Apóstol); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Castilla y León: 14 de abril (Jueves Santo); 23 de abril, viernes (Día de Castilla y León); 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).País Vasco: 14 de abril (Jueves Santo); 18 de abril (Lunes de Pascua); 25 de julio, lunes (Santiago Apóstol); 6 de septiembre, martes (Día de El Cano).
Cataluña: 18 de abril (Lunes de Pascua); 6 de junio (Pascua Granada); 24 de junio, viernes (San Joan); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).La Rioja: 14 de abril (Jueves Santo); 18 de abril (Lunes de Pascua); 9 de junio, jueves (Día de La Rioja); 26 de diciembre (lunes siguiente al día de Navidad).
Ceuta: 14 de abril (Jueves Santo); 11 de julio, lunes (Día del Sacrificio); 5 de agosto, viernes (Nuestra Señora de África); 2 de septiembre, viernes (Día de Ceuta).

A este Calendario laboral 2022, súmale las fiestas locales

Hasta ahora ya sabes las fechas de 12 de los 14 días que te corresponden por festividades. Aún te quedan por saber dos días festivos más que dependen del municipio en el que resides. Muchos ayuntamientos ya han publicado esta información, que puedes consultar en los canales oficiales o en medios locales.

Salario bruto y salario neto

¿Cuánto cuesta a la empresa un trabajador además de su salario? ¿Cómo varía el salario bruto hasta llegar al neto? ¿Qué impuestos se pagan con la nómina? A estas preguntas y algunas otras vamos a tratar de dar respuesta en este artículo.

Coste laboral

Lo primero que sabemos es que hay una diferencia considerable entre nuestro salario bruto (el pactado con la empresa) y el salario neto (lo que llega a nuestros bolsillos). Pero por encima de estos dos puntos, debemos conocer que hay otro concepto denominado el coste laboral, que es lo que realmente costamos a nuestras empresas (cotizaciones a la Seguridad Social que la empresa paga por nosotros más nuestro salario bruto). Este es un epígrafe que no vemos en ningún papel y que a veces no somos conscientes de su existencia.

Del salario bruto al neto

A) IRPF

Una vez aclarado este punto, entramos ya a explicar cómo se van realizando reducciones en nuestras nóminas hasta llegar al salario neto. Lo primero que vemos que se nos retiene es un dinero en concepto de pago adelantado del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Este punto ya es más conocido por la mayoría porque lo vemos en la nómina y porque además lo volvemos a encontrar en las declaraciones de la renta. Nos suele provocar penas, cuando nos han hecho unas retenciones insuficientes y nos “sale a pagar”, o alegrias cuando nos “sale a devolver” porque las retenciones han sido más altas de lo que correspondian.

B) Seguridad Social

De nuevo aparece la Seguridad Social, antes como coste para la empresa y otra parte que pagamos nosotros como trabajadores. Se trata de una cuantía importante de la que dependen nuestras pensiones y otras prestaciones. Cuanto más altas sean las cotizaciones a la Seguridad Social y más tiempo hayamos cotizado más elevada será nuestra pensión futura y nuestra prestación de desempleo en caso de quedar en paro.

La parte de las pensiones, como todos sabemos, está ahora en debate por lo que te recomendamos leer el artículo: Los problemas y el futuro de las pensiones en España

¿Cuánto pagamos de Seguridad Social e IRPF en nuestros salarios?

Si nos fijamos en el gráfico que viene a continuación, que se refiere a un trabajador con contrato indefinido y un sueldo bruto de 1.500 euros mensuales, el esquema de cotizaciones a la Seguridad Social y de retenciones a cuenta del IRPF sería el siguiente.

Salario Bruto

Sobre el sueldo bruto se aplican una serie de cargos que son las cotizaciones a la Seguridad Social. Una parte, la más sustancial, corre a cuenta de la empresa, y otra parte a cargo del trabajador.

Los conceptos que cubre la aportación de la empresa son:

  • La incapacidad laboral temporal por enfermedad común o accidente no laboral, las prestaciones de jubilación, incapacidad y muerte y supervivencia (prestaciones de viudedad, orfandad, auxilio por defunción, pensión y subsidio en favor de familiares), enfermedad común o accidente no laboral, protección a la familia, prestaciones farmacéuticas, asistencia sanitaria, las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, desempleo, aportaciones al Fondo de Garantía Salarial y formación profesional

En el ejemplo que nos ocupa el total de las aportaciones de la empresa a la Seguridad Social asciende a 501 euros.

Por parte del trabajador también se hace una aportación destinada a contribuir a la cobertura de algunas de las contingencias anteriores pero por una cuantía mucho menor, 95,25 euros.

En cuanto al IRPF, la retención que se le efectúa es de 161,25 euros.

¿Qué cobro en mi nómina?

Haciendo las cuentas finales resulta lo siguiente

El coste laboral mensual de un trabajador con un salario base de 1.500 euros es de 2.001 euros. De esos 2.001 euros el trabajador se lleva a su bolsillo 1.243 euros.

La diferencia, 2.001-1.243= 758 eurosse los lleva el Estado en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social o impuestos, es decir un 37,88% del coste laboral corresponde a cargas estatales.

Así tienes que actuar si te han cobrado mal la cuota de autónomos

  • Este error ha afectado a la cuota de autónomos que reciben ayudas por cese de actividad
  • El Ministerio facilita un enlace en el que solicitar la devolución de esos importes

La gran cantidad de ayudas a autónomos debido a la crisis económica generada por la crisis del coronavirus ha provocado algún que otro problema con la gestión de estas prestaciones y con el aplazo del pago de las cuotas a la Seguridad Social (te han cobrado mal la cuota de autónomos). El Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, sin embargo, proporciona herramientas para pedir a la Administración que se corrijan estos posibles errores.

Uno de ellos en concreto es el que ha hecho que los autónomos que estén recibiendo ayudas por el cese de actividad y han están exonerados de pagar las cuotas a la Seguridad Social hayan visto cómo se les cobraba esta cuota a pesar de haber registrado la congelación de ese pago.

De acuerdo con el Ministerio, “la Tesorería te lo devolverá de oficio al verificar la información con tu mutua”, pero el autónomo debe tomar la iniciativa y pedir la devolución en la sección de Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales de la Seguridad Social.

Gracias a esta herramienta, se pueden solicitar las devoluciones de ingresos indebidos, así como consultar el estado de los expedientes que se han abierto para solicitar la devolución de dichos ingresos. Se puede acceder a ella mediante SMS, usuario y contraseña, certificado digital y Cl@ve.

Tras las medidas acordadas por el Gobierno a finales de enero, los autónomos tienen derecho a pedir las ayudas por cese de actividad por la pandemia, que se han prorrogado hasta el 31 de mayo. Este acuerdo también implica la exoneración de las cuotas, siempre que se pueda acreditar una caída de actividad del 50% para el primer semestre de 2021 con respecto al último semestre de 2019.

La cuantía y los requisitos a cumplir para poder acceder a esas ayudas por cese de actividad dependen de la situación de los autónomos, que debe encuadrarse en alguno de los cuatro casos que contempla el Gobierno en la redacción de la ley que aprobó dichas ayudas.

Anteriormente, en la Ley por la que se aprobaron los Presupuestos Generales del Estado para 2021, el Gobierno ya había incluído una moratoria en el pago de las cuotas a la Seguridad Social hasta el mes de marzo para los autónomos, con un interés muy por debajo del mercado, de tan solo un 0,5%.

Los ERTE han venido para quedarse

Con la segunda oleada del virus golpeando fuerte en todo el país, los agentes sociales negocian contrarreloj el rediseño de los nuevos expedientes de regulación temporal de empleo para la temporada otoño-invierno. Los contactos se han sucedido durante todo el fin de semana y una de las claves que ya quedó negro sobre blanco en el borrador que salió de la reunión del jueves es que el salvavidas público para empresas y empleos se desplegará durante todo el año 2021 y, aunque los recursos se van a focalizar en los sectores más afectados por la pandemia, prácticamente todas las empresas de casi cualquier actividad van a poder acceder a las ayudas, siempre que demuestren que su desempeño se ha visto afectado por la Covid.

Son dos cesiones importantes del Gobierno para atraer a los sindicatos y especialmente a la patronal a un nuevo acuerdo para prorrogar los ERTE. Primero, una cláusula que garantiza, para arrojar certidumbre y seguridad jurídica, que las ayudas públicas en forma de exoneraciones de cotizaciones sociales se mantendrán siempre que haya demanda de ERTE, es decir, siempre que las empresas lo necesiten. De este modo, aunque inicialmente se contempla un esquema hasta el 31 de enero de 2021, antes de esa fecha los agentes sociales volverán a evaluar la evolución de la herramienta y redefinir su extensión “en función de la situación económica y epidemiológica”, indican fuentes del diálogo social. “Esto garantiza que habrá ERTE subvencionados, al menos, hasta finales del año que viene”, aseguran.

Por otro lado, el Ejecutivo mantiene su postura de dirigir los recursos hacia los sectores más afectados por la Covid, en función de la cantidad de trabajadores que mantengan afectados por ERTE. Sin embargo, la red de protección que se va a ofrecer a partir de octubre “es muy amplia y garantiza la cobertura a prácticamente todas las empresas, de cualquier actividad”, indican los interlocutores sociales. Esto es así porque además de los sectores afectados por restricciones concretas o desplomes de la demanda (turismo, transportes, ocio…) se atenderán las necesidades de los negocios cuya facturación dependa en un 50% de esas empresas y asimismo de toda la cadena de valor. “Estamos hablando de todo tipo de comercios, zapaterías, librerías… el perímetro es muy amplio”, explican las fuentes consultadas.

Además, los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, que pilotan esta negociación, también han rediseñado la figura del ‘ERTE de rebrote’, que ofrece rebajas en las cuotas sociales a las empresas que se vean afectadas por nuevas restricciones como, por ejemplo, los confinamientos selectivos que se están imponiendo en estos momentos en la Comunidad de Madrid. La intención es “flexibilizar al máximo” esta herramienta para salvar las trabas que puedan encontrar las compañías en la autoridad laboral y facilitar exoneraciones superiores al 80% en estos casos, aunque se valoran especificidades para actividades como el comercio, la hostelería y la restauración, según la propuesta que maneja la mesa técnica. Se trata, no obstante, de un documento “vivo y cambiante” que puede sufrir modificaciones, recuerdan fuentes presentes en las conversaciones.

De este modo, el paraguas de protección se agranda considerablemente respecto a la propuesta inicial del Gobierno, según valoran tanto la patronal como los sindicatos, lo que podría acercar el acuerdo en las próximas horas. Tanto la CEOE como la UGT y CCOO habían cuestionado el sistema sectorial planteado por los equipos de Yolanda Díaz (Trabajo) y José Luis Escrivá (Seguridad Social) por generar agravios comparativos entre empresas, pero el nuevo planteamiento garantizaría una cobertura casi generalizada. “Toda la cadena de valor se va a ver beneficiada con exoneraciones de entre el 75% y el 85%, en función del tamaño de la plantilla, siempre que se justifique un impacto directo de la pandemia ante la autoridad laboral, ya sea por restricciones sanitarias o por desplomes de la facturación, por ejemplo”, explican fuentes conocedoras del último borrador.

Los agentes sociales habían acusado al Ejecutivo de querer “meter la tijera” en los ERTE y no ser transparentes con la factura pública. El pasado jueves el ministro Escrivá admitía que hasta septiembre ya se han gastado en prestaciones y exenciones los más de 21.000 millones de euros que llegarán de Bruselas a través del fondo ‘SURE’ y advertía de que las restricciones presupuestarias obligan a diferenciar las ayudas y evitar el “café para todos”. En este sentido, el Gobierno ha marcado una línea roja, definida desde la Vicepresidencia tercera de Asuntos Económicos que dirige Nadia Calviño, que pasa por concentrar los recursos en las empresas que no puedan reabrir y en aquellas que sean verdaderamente solventes. Se trata de que los ERTE no se conviertan en una suerte de salvavidas para empresas ‘zombis’.

La filosofía, por tanto, es la de proteger con garantías a todo el tejido productivo que lo necesite y que sea viable. Y este mantra se extenderá “durante todo el tiempo que sea necesario”, aseguran fuentes gubernamentales. El Gobierno es consciente de que se avecinan trimestres complicados, de que la recuperación económica va a ser lenta y las restricciones sanitarias se van a mantener hasta que llegue la vacuna. Con el beneplácito de Bruselas, el Ejecutivo español está dispuesto a destinar todos los recursos necesarios a sostener el tejido empresarial, eso sí, previa labor de cirugía milimétrica para atinar con precisión y efectividad en esas compañías viables. “Esto va a quedar plasmado de una u otra forma en el real decreto ley que regule la prórroga, para evitar la incertidumbre a partir de febrero de 2021”, afirman desde el diálogo social.

“No tiene sentido poner fecha”

Así, los ERTE subvencionados están asegurados, por lo menos, para todo 2021, con o sin acuerdo en el diálogo social. Aunque la intención de Trabajo y Seguridad Social es alcanzar un pacto con la patronal y los sindicatos, fuentes gubernamentales adelantan que el Consejo de Ministros del martes aprobará sí o sí la nueva prórroga, porque el esquema actual decae el miércoles. La idea es que esta esté vigente hasta el 31 de enero de 2021, para evitar nuevas negociaciones en plena campaña de Navidad, y que antes de esa fecha la comisión tripartita vuelva a reunirse para valorar nuevas prórrogas de la herramienta. En cualquier caso, la voluntad del Gobierno es seguir proporcionando estas ayudas siempre que la coyuntura lo requiera.“No tiene sentido ponerle fecha a los ERTE, la medida ha funcionado”, zanjan fuentes del Ministerio de Trabajo.

Los ERTE han venido para quedarse“, aseguraba Pedro Sánchez hace más de tres meses, cuando no imaginaba que en septiembre la situación epidemiológica sería crítica. Ya en julio firmó un acuerdo con los líderes de la patronal y los sindicatos en los jardines de La Moncloa en el que se apuesta específicamente por un modelo cofinanciado permanente para este mecanismo de flexibilidad interna. Los firmantes se comprometieron a trabajar en el desarrollo de “un marco adecuado de contribución compartida para los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo por causas Económicas, Técnicas, Organizativas y de Producción, con el fin de consolidar su papel para la adaptación de nuestra economía, en línea con otros países europeos, protegiendo el tejido productivo, el empleo y a los trabajadores en un marco de mayor seguridad jurídica, menor vulnerabilidad y volatilidad y mayor contribución a la estabilidad económica”.

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